Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 057/01
Fecha: 24-Jul-2001
II.1.
II.1. El Poder Legislativo en cumplimiento del art. 59-1) de la Constitución Política del Estado sancionó la Ley Nº 1788 de Organización de Poder Ejecutivo, que fue reglamentada mediante el D.S. 24855 de 22 de septiembre de 1997, pronunciado por el Presidente de la República en uso de la atribución que le reconoce el art. 96-1) constitucional. En ese marco, el Ejecutivo expidió el D.S. 26096 de 6 de marzo de 2001 cuyo único Considerando demuestra la necesidad y oportunidad de dictar el mismo al no haber ejercido la Cámara de Diputados la facultad conferida en el art. 59-II y III de la Ley Nº 2064, pues no se podía dejar sin Presidencia Ejecutiva ni Directores al Servicio Nacional de Caminos.