Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 74/01
Fecha: 11-Sep-2001
I.3
I.3 Asimismo, expresa que para el caso de trámites de migración y naturalización de extranjeros, garantías recíprocas, “asuntos financieros” que comprenden los contratos civiles, comerciales y otros que suscriben las entidades estatales con los particulares, y “asuntos familiares”, se establecen diferentes sumas que constituyen un “impuesto o supuesto derecho”, en trasgresión a lo previsto por la Carta Magna.