SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 74/01
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 74/01

Fecha: 11-Sep-2001

III.2

III.2   El Ministerio público no forma parte del Poder Ejecutivo, por lo cual su presupuesto “ingresa en la última parte del art. 59-2) de la Constitución que establece como atribución del Poder Legislativo decretar los gastos fiscales mediante la Ley Financial que específicamente es la Ley de Ejecución del Presupuesto General”.