Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 74/01
Fecha: 11-Sep-2001
III.1
III.1 La recurrente confunde disposición legal con resolución interna, cuando la Constitución Política del Estado en sus arts. 59-2) 66-4) confieren al Poder Legislativo la competencia de imponer contribuciones de cualquier clase o naturaleza, así como la de aprobar las Ordenanzas Municipales relativas a “patentes o impuestos”, todo ello a través de disposiciones legales, lo que no ocurre con las resoluciones internas del Ministerio Público, que no revisten ese carácter.