SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 927/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 927/01-R

Fecha: 04-Sep-2001

4)

4)  La recurrente cursó diversas notas efectuando su reclamo y pidiendo ser habilitada para la Residencia Médica (fs. 35 a 36, 37, 39 a 41), habiendo acudido al Vice Ministerio de Salud (fs. 42  y 43). Asimismo, acudió a la Asamblea Permanente de Derechos Humanos, a la Defensoría del Pueblo, al Presidente de la Asociación de Docentes de la Facultad de Medicina, Enfermería, Nutrición y Tecnología Médica, Tribunal de Ética del Colegio Médico Departamental de La Paz, al Jefe de Enseñanza del Hospital de Clínicas, Decano de la Faculta de Medicina, Comité Nacional de Integración Docente Asistencial y a la Presidente del Colegio Médico Departamental de La Paz (fs. 68, 69,  71 a 73, 84, 87, 90, 91, 92 y 94).