Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 76/02-R
Fecha: 18-Ene-2002
II. Recurso de Amparo Constitucional de
1. Los recurrentes interponen el Recurso de Amparo Constitucional corriente de fs. 20 a 22 acreditando la existencia de diferentes gravámenes emergentes de suscripción de contratos de anticresis con Juan Saldías Rossel y Gloria Yanet Ayala de Saldías sobre distintos departamentos del edificio sito sobre la Av. Irala Nº 165 de la ciudad de Santa Cruz todo debidamente inscritos en el Registro de Derechos Reales.
- Partes:
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- a)
- procedente
- 1.
- 2.
- 3.
- 5.
- 6.
- 7.
- 10.
- 12.
- "
- y particularmente la S.C. Nº 871/01-R
- POR TANTO:
- I. Recurso de Amparo interpuesto por Adalberto Rojas Arteaga y Juan Carlos Soliz Heredia por Madela Sainz Meschwitz y María Eugenia Hortencia Canedo Urriolagoitia, representantes de la Institución “Colectivo Rebeldía” contra Einar Angelo Lijerón, Juez Quinto de Partido en lo Civil y Comercial de la capital.
- debe darse a conocer
- II. Recurso de Amparo Constitucional de
- conlleva la obligación del juzgador de proceder a la legal citación de los acreedores con el auto de señalamiento de remate,