SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1372/2002-R
Fecha: 12-Nov-2002
II.1.
II.1. La Administración Autónoma Para Obras Sanitarias AAPOS-Potosí, lanzó dos convocatorias de licitación pública internacional y nacional UEPAP/01, llamando a propuestas para la contratación de servicios para la construcción de una Planta de Tratamiento de Agua Potable para la ciudad de Potosí Lote 3, las que fueron declaradas desiertas, por lo que de acuerdo con lo que dispone el art. 92.g) de la Resolución Suprema 216145 de 3 de agosto de 1995, la Empresa licitante se adjudica por “excepción” la obra de servicios al Consorcio ICOBOL-PASSAVANT-ESPAÑA SA. mediante la Resolución de Adjudicación de 21 de diciembre de 2001 (fs. 2-4), la que se hace conocer al consorcio por oficio 778/2001 de 22 de diciembre (fs.6), debiendo realizar la tramitación de sus boletas de garantía para proceder a la firma final del contrato en 10 de enero de 2002.
- Johnny Wilber Prada Uribe en representación de ICOBOL-PASSAVANT ESPAÑA SA.
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso.
- I.1.3. Autoridad o persona recurrida y petitorio.
- a)
- 1)
- El representante del Ministerio Público
- procedente
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1
- III.2
- III.3
- III.4
- III.5
- III.6
- APROBAR