SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1373/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1373/2002-R

Fecha: 14-Nov-2002

improcedente

Concluida la audiencia, la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Cochabamba, declaró improcedente el recurso con el fundamento de que si bien por mandato del art. 236 CPC, los tribunales de alzada están limitados a resolver sobre los puntos apelados, por mandato del art. 15 LOJ están facultados a revisar los procesos de oficio, en cuyo cumplimiento, anularon obrados y declararon ejecutoriado el Auto de “15 de agosto de 2001”, al advertir que la oposición planteada por los recurrentes fue presentada fuera del plazo estipulado en el art. 45-II LAPCAF, que no fue observada a tiempo de dictarse el Auto de 14 de noviembre de 2001.