SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1416/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1416/2002-R

Fecha: 22-Nov-2002

I.2.1.   Ratificación y ampliación del Recurso.

       El abogado del recurrente ratifica los términos del recurso planteado y los amplía  expresando que la Dirección de impuestos internos  no puede determinar la nulidad o anulabilidad del contrato interinstitucional suscrito con la Alcaldía Municipal, porque ello debe ser dilucidado ante la justicia ordinaria  ya que es potestad del Juez la declaratoria de nulidad, por lo que el congelamiento de cuenta del municipio es  un accionar ilegal.