SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1427/2002 - R
Fecha: 25-Nov-2002
Benigno Primintela Soruco
En revisión la Resolución 28/2002 de 19 de septiembre de 2002, cursante de fs. 113 a 115, pronunciada por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Benigno Primintela Soruco contra Alberto Mendoza Tejerina y Javier P. Chávez Ríos, Juez y Secretario del Juzgado Sexto de Partido en lo Penal Liquidador y Lucio E. Catacora Aguilar, Fiscal de Materia Adscrito al Juzgado; alegando vulneración del derecho al debido proceso, previsto en el art. 16 de la Constitución Política del Estado (CPE), el principio de cosa juzgada como también de los arts. 134 y 135 CPC abrogados, 3, 4, 8, 45-4)-11)-23) de la Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP).
- Benigno Primintela Soruco
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- contra Alberto Mendoza Tejerina y Javier P. Chávez Ríos, Juez y Secretario del Juzgado Sexto de Partido en lo Penal Liquidador, y Lucio E. Catacora Aguilar, Fiscal de Materia Adscrito al Juzgado
- I.2.1
- (fs. 71-73)
- a)
- improcedente
- II.1
- II.2
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- APRUEBA