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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1427/2002 - R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1427/2002 - R

    Fecha: 25-Nov-2002

    III.2

    III.2   Que, con relación al requerimiento, dictado por el Fiscal recurrido, como ya se adelantó, se ha circunscrito a emitir su opinión, sin que se advierta en ello falta de fundamentación, pues ha expuesto los motivos suficientes del por qué requirió día y hora para la lectura de sentencia, de modo que no existe infracción de derecho fundamental alguno en su actuación, mas aún cuando él no está llamado a dar cumplimiento al Auto Supremo.

    • Benigno Primintela Soruco
    • I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
    • contra Alberto Mendoza Tejerina y Javier P. Chávez Ríos, Juez y Secretario del Juzgado Sexto de Partido en lo Penal Liquidador, y Lucio E. Catacora Aguilar, Fiscal de Materia Adscrito al Juzgado
    • I.2.1
    • (fs. 71-73)
    • a)
    • improcedente
    • II.1
    • II.2
    • II.4
    • III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • III.2
    • III.3
    • APRUEBA

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