SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1427/2002 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1427/2002 - R

Fecha: 25-Nov-2002

II.2

II.2     Que, prosiguiéndose el proceso hasta la última instancia, mediante Auto Supremo 193 de 27 de marzo de 2001, la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del art. 15 de la Ley de Organización Judicial (LOJ), observando: a)  que en la sentencia a favor de Juvenal Claure Severich, se omitió especificar, el o los delitos de los que fue liberado y b) que el Auto de Vista sin escuchar fundamentación de agravios de Benigno Primintela Soruco fue dictado con exceso de subjetividad, de acuerdo con el requerimiento fiscal anuló obrados “hasta fs. 1849 inclusive; es decir, que hasta que el Juez de Sentencia, dicte un nuevo fallo conforme a derecho.” (fs. 89).