SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1427/2002 - R
Fecha: 25-Nov-2002
I.2.1
El abogado del recurrente, ratificó los fundamentos de la demanda y los amplió en los mismos términos de su memorial de fs. 61 a 70, indicando que la declaración confesoria de Juvenal Claure y otro, quedaron pendientes hasta que el proceso sea acumulado ante el Juez que corresponda y al realizarse dicha acumulación los querellantes y parte civil son Wálter Peredo Peterson y el Citibank International, debiendo Juvenal Claure en calidad de procesado prestar su declaración confesoria; sin embargo, el Fiscal opinó en la audiencia de Apertura y Vista de la causa que continúe dicho acto procesal con el vicio procesal aludido. Considera que si el Tribunal Constitucional no otorga la tutela se estaría incurriendo en un círculo vicioso de un procesamiento indebido. Deja presente que ha recurrido contra el Secretario del juzgado, porque ha emitido un informe falso indicando que el estado de la causa es para que se dicte nueva sentencia, lo cual ha dado lugar que se dicte el Auto señalando audiencia para lectura de sentencia, lesionando la calidad de cosa juzgada del Auto Supremo que ordena la toma de declaración confesoria, habiendo incurrido en lo mismo el Fiscal demandado, pues el 31 de julio de 2002, ha requerido porque se señale día y hora de lectura de sentencia no obstante la citada omisión. Concluye solicitando que se disponga la nulidad del citado Auto, y se conmine a las autoridades den cumplimiento al Auto Supremo, y procedan a tomar la confesoria extrañada, luego abran, prosigan y clausuren el debate en lo que corresponde a Juvenal Claure, dictando finalmente una nueva sentencia que se adecue a los hechos y pruebas del proceso.
- Benigno Primintela Soruco
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- contra Alberto Mendoza Tejerina y Javier P. Chávez Ríos, Juez y Secretario del Juzgado Sexto de Partido en lo Penal Liquidador, y Lucio E. Catacora Aguilar, Fiscal de Materia Adscrito al Juzgado
- I.2.1
- (fs. 71-73)
- a)
- improcedente
- II.1
- II.2
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- APRUEBA