SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1514/2002-R
Fecha: 13-Dic-2002
Fragmento 16
En el caso sometido a revisión, René Huarina y Exaltación Mamani de Huarina son los demandantes perdidosos en el proceso ordinario que siguieron contra Pedro Apaza y Cecilia de Apaza, en virtud de lo que no pueden ser considerados como “terceros” en el alcance que la disposición legal anotada establece; sin embargo, formularon oposición contra la orden de desapoderamiento dada por la Jueza de la causa, porque si bien en sentencia ejecutoriada se ha dispuesto la reivindicación y entrega de 428 m² de terreno a favor de los vencedores en esa contienda litigiosa, en momento alguno se ha precisado la porción concreta que debe entregarse de los 929,77 m² que tiene el terreno en su totalidad, y precisamente ese aspecto fue objeto de reclamo de los recurrentes, sin que la autoridad judicial haya dado el trámite legal al incidente, ni abierto el término de prueba y, sobre todo, emitido la resolución que dirima la controversia.