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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1514/2002-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1514/2002-R

    Fecha: 13-Dic-2002

    II.8

    II.8     A través del decreto de 3 de agosto de 2002 (fs. 79), la autoridad judicial,  atendiendo el pedido de Pedro Apaza y esposa, dispuso la anotación preventiva en el Registro de Derechos Reales en la partida computarizada 01106594, calificó  los honorarios de abogado, y dispuso que los recurrentes reconstruyan el muro divisorio que presuntamente habrían derribado dolosamente.

    • René Huarina Limachi y María Exaltación Mamani de Huarina
    • I.1.1    Hechos que motivan el recurso.
    • a)
    • PROCEDENTE
    • II.1
    • II.2
    • II.3
    • II.4
    • II.5
    • II.6
    • II.8
    • II.10
    • II.11
    • III. FUNDAMENTOS   JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • Fragmento 16
    • han vulnerado el derecho de defensa
    • III.2.
    • III.3.
    • APRUEBA

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