SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1514/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1514/2002-R

Fecha: 13-Dic-2002

II.2

II.2     Pedro Apaza y Cecilia Canaviri de Apaza, por escrito de 11 de septiembre de 2001 (fs. 30), solicitaron a la Jueza de la causa, emita mandamiento de desapoderamiento, frente a lo que mediante memorial de 11 de octubre de 2001 (fs. 33 y 34), los ahora recurrentes dedujeron oposición, expresando que el inmueble no ha sido objeto de división ni partición, por lo que no puede disponerse desapoderamiento ya que no se conoce qué porción de los 929,77 m² se tendría que entregar, y pidieron se abra período de prueba. Corrida en traslado la oposición mencionada, la parte adversa contestó en 18 de octubre de 2001 (fs. 35),  dando lugar al decreto de 19 de octubre de ese año (fs. 36), mediante el cual la Jueza dio “por respondido en los términos de su redacción y se tendrá presente en su oportunidad”.