Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1539/2002 - R
Fecha: 16-Dic-2002
a)
El abogado de la recurrente, ratificó los fundamentos de la demanda y los amplió indicando: a) que su clienta no ha sido citada personalmente con la demanda, sino la actual esposa de su ex esposo, debido a lo cual no asumió defensa, pues incluso se le falsificó su firma, y si bien conoció las medidas precautorias, lo hizo debido a su movimiento comercial como empresaria, b) que el documento predesvinculatorio y el poder datan de 4 de marzo de 1996 y c) que el Juez co-recurrido no cumplió con su obligación de revisar el título ejecutivo.
- Rosa María Franchy de Suárez
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- contra Edgar Terrazas Melgar, Osvaldo Céspedes Céspedes y Ramiro Claros, vocales de la Sala Civil Segunda y Guido Salas Guardia, Juez Séptimo de Partido en lo Civil
- a)
- (fs. 114-115)
- procedente
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal
- II.1
- II.2
- II.4
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- III.4
- APRUEBA