SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1539/2002 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1539/2002 - R

Fecha: 16-Dic-2002

I.1.1 Hechos que motivan el recurso.

Que, dentro del fenecido juicio de divorcio que siguió contra Felix Francisco Pinto Rojas, al tenor de un acuerdo transaccional que fue homologado en dicho proceso, su ex esposo quedó entre otras cosas, como único propietario  de un inmueble inscrito bajo la Partida Computarizada 010081629 del Registro de Propiedad de 29 de agosto de 1991 con actual Matrícula N° 70119900010351, estando a la fecha su persona desvinculada de las obligaciones bancarias citadas en el documento transaccional referido; empero, el Banco Nacional erróneamente siguió juicio en contra de su ex esposo y suya, pese a que en la cláusula primera del contrato de préstamo, se establece que en el mismo sólo intervenía su ex esposo como único deudor y su persona en calidad de copropietaria del inmueble otorgado en garantía hipotecaria, dando su anuencia para el gravamen hipotecario, habiendo suscrito el contrato en dicho sentido, como también el Poder N° 20 de 4 de marzo de 1996, donde facultó como copropietaria para que se obtenga el préstamo con garantía hipotecaria sobre el bien inmueble citado, aclarándose incluso que no se constituía en garante ni fiadora, constando esta misma calidad en el Instrumento de préstamo Nº  010/99 de 8 de enero de 1999 como también en el Poder N° 663/98 de 24 de diciembre de 1998 relativo a la reprogramación del crédito.  Que dicha situación es  reconocida en la misma demanda ejecutiva por el Banco Nacional de Bolivia, en la cual, contradictoriamente al manifestar el petitorio se dirige la acción también contra ella, pidiéndose el embargo de sus bienes, dando lugar al juicio ejecutivo en su contra, ante lo cual, ha interpuesto apelación; empero, el Tribunal de Alzada no consideró su solicitud y prosiguió la acción en su contra poniendo en riesgo su patrimonio y restringiendo su actividad comercial dado que se ha dispuesto el congelamiento de sus cuentas bancarias.