Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1587/2002-R
Fecha: 18-Dic-2002
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio.
Con esos antecedentes plantea recurso de amparo constitucional contra Ramiro Claros Rojas, Edgar Terrazas Melgar y Osvaldo Céspedes Céspedes, vocales de Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz y pide que el recurso sea declarado procedente, revocándose el Auto de vista de 1 de agosto de 2002 impugnado, ordenándose se pronuncie uno nuevo en observancia a los datos del proceso, más daños y perjuicios.