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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1587/2002-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1587/2002-R

    Fecha: 18-Dic-2002

    II.2.

    II.2. Que, por sentencia de 14 de agosto de 2001 se declara probada la demanda e improbadas las excepciones de pago documentado (fs. 110-111); en apelación los vocales de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito de Santa Cruz pronuncian el Auto de vista de 29 de diciembre de 2001 por el que se anula obrados (fs. 140).

    • Ives Ortiz Zuñiga en representación de Luis Fernando Gutiérrez Gil
    • I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
    • I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado.
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio.
    • a)
    • IMPROCEDENTE
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III.1.
    • III.2.
    • III.3.
    • III.4.

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