Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1588/2002-R
Fecha: 19-Dic-2002
II.9
II.9 A través de los memoriales de 14 de agosto de 2002 (fs. 170) y 16 de agosto (fs. 172), Agustín Rueda Ribera y Fanny Aguilera de Rueda, plantearon reposición bajo alternativa de apelación contra los Autos de 30 y 15 de julio respectivamente, que fueron rechazados mediante decretos de 16 y 20 de agosto (fs. 171 y 173), con el fundamento que no es admisible el recurso de reposición en ejecución de sentencia al tenor del art. 518 CPC.
- Agustín Rueda Ribera y Fanny Aguilera de Rueda
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- I.1.3 Autoridad recurrida y petitorio.
- a)
- IMPROCEDENTE
- II.1
- II.2
- II.4
- II.6
- II.7
- II.8
- II.9
- II.10
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- recurso de apelación
- aún cuando no se haya hecho uso oportuno de dicho recurso
- III.3.
- III.4.
- APRUEBA