SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1613/2002 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1613/2002 - R

Fecha: 20-Dic-2002

I.1.1 Hechos que motivan el recurso.

Que, el 23 de septiembre de 2002, en un periódico local apareció publicada la Resolución Prefectural Nº 406/2002 de 22 de agosto, por la que se habría resuelto dejar sin efecto el uso de vacaciones de todos los funcionarios de la Prefectura que a dicha fecha se encontraban gozando de las mismas, emplazándoseles a presentarse y cumplir sus funciones en el plazo de 3 días, bajo amenaza de dar aplicación a los arts. “40-f)”  de la Ley del Estatuto del Funcionario Público (EFP), fundándose la Resolución en una supuesta falta de cumplimiento de las disposiciones contenidas en los arts. 49 y 50 de la Ley 2027, 22 al 25 de su Reglamento y 89 del Estatuto del Funcionario Prefectural de Santa Cruz, empero el uso del derecho a la vacación no es opcional ni compensable, sino de carácter obligatorio, conforme a los arts. 49 y 50 del EFP, por lo que su interrupción vulnera las citadas disposiciones, al haber sido concedidas en forma individual por el Jefe de Recursos Humanos, por lo que al ser los argumentos que sustentan la Resolución fútiles e inconsistentes solicitaron sea dejada sin efecto, pero el recurrido se ha negado.