SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1625/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1625/2002-R

Fecha: 20-Dic-2002

1.2.5.  Trámite procesal.

Por AC 538/2002-CA de 25 de noviembre de 2002, el Tribunal Constitucional dispuso que las autoridades recurridas remitan documentación complementaria, suspendiendo el plazo para dictar resolución (fs. 45 a 46). Una vez recibidos los documentos requeridos, mediante providencia de 16 de diciembre de 2002, se reanudó el término para dictar sentencia, estableciéndose que el presente fallo es dictado dentro del plazo señalado por ley (fs. 71).