Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1625/2002-R
Fecha: 20-Dic-2002
II.6.
II.6. En la audiencia, el Fiscal recurrido pidió la detención preventiva del imputado ratificándose en el requerimiento anterior (cuestionado en el anterior Hábeas Corpus), aduciendo que no presentó ninguna prueba de descargo, y que influirá negativamente sobre los testigos y otros, además de que ocultará, modificará o destruirá todo elemento de prueba (fs. 20).