SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 16/02
Fecha: 27-Feb-2002
III. 2
III. 2 Que, por memorial de 14 de diciembre de 1999, el Banco de la Unión S.A. Sucursal La Paz se apersona e invocando que acredita interés legal solicita nulidad de obrados por vicios en la notificación con la sentencia (fs. 335), a lo cual se dio curso mediante Auto de 15 del mismo mes y año anulando obrados hasta que se practiquen nuevas notificaciones conforme a los arts. 70 y 125 del Código de Procedimiento Civil (fs. 336), pero ante la solicitud de reposición planteada por la recurrente, por Auto de 4 de enero de 2000, se deja sin efecto el Auto de fs. 336 dejando firme y subsistente todo lo actuado hasta fs. 335 rechazándose el memorial del Banco por no ser parte (fs. 348), lo cual motivó que la referida entidad formule apelación contra el Auto repositorio (fs. 357).