SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 557/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 557/2002-R

Fecha: 13-May-2002

Fragmento 3

     Sostiene que la actuación del recurrido vulnera lo dispuesto por los arts. 7-5) del Pacto de San José de Costa Rica,  9-3) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y 6 de la Constitución Política del Estado, pues el Juez  debió otorgarle libertad  sin dilación y mediante fianza juratoria, de acuerdo al art. 196-2) del anterior Procedimiento Penal concordante con el art. 20 de la Ley Nº 1685, “plenamente aplicable” según el art. 33 de la Ley Fundamental del país, debiendo considerarse que “aún en el supuesto de que el Auto Final fuera modificado por el superior en grado, no se puede mantener su detención por más de tres meses, cuando la Ley vigente en su caso, de forma expresa, ordena lo contrario”.