SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 46/2002
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 46/2002

Fecha: 07-May-2002

POR TANTO:

POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los artículos 120.6ª de la Constitución Política del Estado y los arts. 79 y siguientes de la Ley No. 1836 declara INFUNDADO el Recurso Directo de Nulidad y en cumplimiento del art. 85-1) de la Ley 1836, impone costas y multa al recurrente en la suma de Bs.500.-, que deberá depositar a la orden del Tesoro Judicial a tercero día de su legal notificación, debiendo presentar al Tribunal Constitucional copia del comprobante de pago.