SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 61/2002
Fecha: 22-Jul-2002
Contra la resolución que resuelva el recurso de revocatoria, el interesado afectado podrá interponer recurso jerárquico
IV.3. Que el Recurso de revocatoria, procede contra las resoluciones administrativas definitivas que determinen el retiro de funcionarios de carrera y deberá ser interpuesto por el interesado afectado, en el plazo de cuatro días siguientes a su notificación, ante la autoridad que dictó la resolución impugnada. Contra la resolución que resuelva el recurso de revocatoria, el interesado afectado podrá interponer recurso jerárquico, en el plazo de 5 días siguientes a la notificación, ante la misma autoridad administrativa que dictó el recurso de revocatoria, de acuerdo a lo previsto por los arts. 29, 30-I, 33 del DS 26319 de 15 de septiembre de 2001.
IV.4. Que en la especie, dentro de la tramitación del proceso administrativo interno seguido por la Corte Nacional Electoral contra Jaime de La Barra, la autoridad sumariante, pronunció la Resolución definitiva 03/2002, por la que se lo sanciona con la destitución de su cargo; el procesado, como directo interesado, impugna esa determinación a través de un Recurso de apelación y no así por medio de un Recurso de revocatoria, como correspondía, lo que motivó al sumariante a pronunciar el Auto de 18 de enero de 2002, por el que declara ejecutoriada la Resolución definitiva 03/2002 impugnada, con el fundamento de haberse interpuesto recurso de apelación y no así de revocatoria.
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I
- interpretación
- CONSIDERANDO II
- a)
- CONSIDERANDO III
- CONSIDERANDO IV
- Contra la resolución que resuelva el recurso de revocatoria, el interesado afectado podrá interponer recurso jerárquico
- Que pese a que en el caso no existía resolución por la que se resuelva recurso de revocatoria por el sumariante
- sine qua non
- competencia de la autoridad jerárquica
- CONSIDERANDO V
- FUNDADO