Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 61/2002
Fecha: 22-Jul-2002
FUNDADO
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 120-6ª de la Constitución Política del Estado, 79 y siguientes de la Ley 1836, declara FUNDADO el Recurso Directo de Nulidad interpuesto por Silvia Gilma Salame Farjat, en representación de Luis Ramiro Beltrán Salmón, Presidente de la Corte Nacional Electoral de fs. 40-43, en consecuencia, declara NULO el Auto de Admisión de 06 de marzo de 2002 pronunciado por Wálter Guevara Anaya, Superintendente General del Servicio Civil, así como todo lo obrado a partir de su pronunciamiento.
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I
- interpretación
- CONSIDERANDO II
- a)
- CONSIDERANDO III
- CONSIDERANDO IV
- Contra la resolución que resuelva el recurso de revocatoria, el interesado afectado podrá interponer recurso jerárquico
- Que pese a que en el caso no existía resolución por la que se resuelva recurso de revocatoria por el sumariante
- sine qua non
- competencia de la autoridad jerárquica
- CONSIDERANDO V
- FUNDADO