Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 823/2002-R
Fecha: 15-Jul-2002
concluye
Que, por lo anotado, se concluye entonces que los Juicios de responsabilidad contra Altos Dignatarios del Estado son aquellos que se siguen en contra del Presidente, Vicepresidente, Ministros de Estado, Jefes de Misiones Diplomáticas y Contralor General de la República, conforme se establece en los arts. 68 atrib. 12ª y 127 inc. 6º de la Constitución Política de 1967, así como lo señalado en sus Leyes especiales de 31 de octubre de 1884 y 23 de octubre de 1944.
- Partes:
- Vistos:
- Considerando:
- a)
- IMPROCEDENTE
- Prefectos del Departamento
- Prefectos de Departamento
- concluye
- Caso de Corte
- Que por la relación precedente, se establece claramente que ha sido y es la Corte Suprema de Justicia, la que ha tenido y tiene competencia para conocer, sustanciar y resolver en única instancia, tanto los juicios de responsabilidad contra altos dignatarios de Estado, así como los Casos de Corte contra otros funcionarios públicos.
- juzgamiento de otros funcionarios públicos que gozan de Caso de Corte
- juzgamiento de funcionarios públicos
- Disposición Transitoria Cuarta de la Constitución
- Por tanto: