SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 896/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 896/2002-R

Fecha: 29-Jul-2002

Fragmento 3

     Alegan que, como la etapa preparatoria se inició el 4 de junio de 2001, debió terminar a los seis meses, pero no fue así porque la Fiscal recién el 22 de mayo de 2002 presentó  la acusación formal, como acto conclusivo, es decir a los once meses, lo cual conlleva un procesamiento ilegal que debe ser sancionado como lo determina el art. 169-3) del Procedimiento Penal, ya que ni siquiera existió conminatoria del Juez  para que la representante del Ministerio Público presente el requerimiento en forma oportuna.