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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 72/2002
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 72/2002

    Fecha: 20-Ago-2002

    II.3.

    “1) Los funcionarios y empleados civiles, los militares y policías en servicio activo y los eclesiásticos con jurisdicción que no renuncien y cesen en sus funciones y empleos por lo menos 60  días antes del verificativo de la elección.  Se exceptúan de esta disposición los rectores y catedráticos de Universidad”

    • Juan Felipe Carvajal Padilla, Diputado Nacional
    • I.1.     Contenido del Recurso.
    • I.2.     Admisión  y citaciones
    • Fragmento 4
    • I.3.Alegaciones del personero del órgano que generó la norma impugnada.
    • I.4. Trámite procesal en el Tribunal
    • II.1
    • II.2.
    • II.3.
    • III.1.
    • III.2.
    • III.3.
    • III.4
    • III.5.
    • III.6.
    • CONSTITUCIONAL

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