SENTENCIA CONSTITUCIONAL 927/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 927/2002-R

Fecha: 02-Ago-2002

contra

En revisión, la Resolución de 12 de junio de 2002, cursante a fs. 103-104,  pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dentro del Recurso de Amparo Constitucional interpuesto por Narcisa Jesusa Choque de Serrudo contra Rosario Taboada, Modesto Pari y Genaro Camilo, Presidente y miembros del Directorio del Mercado Uyuni y Celia Camacho Flores, alegando la vulneración de su derecho al trabajo, comercio y propiedad privada de las piezas procesales arrimadas al expediente, y

Por las razones expuestas el recurrente interpone el presente recurso contra Rosario Taboada, Modesto Pari y Genaro Camilo, Presidente y miembros del Directorio del Mercado Uyuni y Celia Camacho Flores y solicita sea declarado procedente, disponiéndose: que su persona ocupe su puesto de venta en una extensión de 1,50 metros, de ancho y de profundidad, con costas.