Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 927/2002-R
Fecha: 02-Ago-2002
III.1.3.
III.1.3. Que tampoco es cierta la ilegalidad denunciada, en cuanto a que su vecina Carmen Camacho (co-recurrida), habría invadido en 50 cm. su puesto de venta, ya que su puesto no tiene 2 x 1,50 metros y tampoco cuenta con la autorización de 1,50 x 1,50 metros, como erradamente afirmó en su demanda; en consecuencia no es posible que se haya invadido los 50 cm. denunciados.