Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 961/2002 - R
Fecha: 13-Ago-2002
APRUEBA
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los artículos 19-IV y 120.7ª CPE y los arts. 7.8ª y 102-V LTC en revisión APRUEBA la Resolución de 7 de junio de 2002, cursante de fs. 97 vta. a 98, pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Santa Cruz.
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los artículos 19-IV y 120.7ª CPE y los arts. 7.8ª y 102-V LTC en revisión APRUEBA la Resolución de 7 de junio de 2002, cursante de fs. 97 vta. a 98, pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Santa Cruz.
- Mirna Liz Galarza de Viscarra contra Juana Molina Paz de Paz, Hernán Cortez Castillo y Adolfo Gandarilla Suárez, Vocales de la Sala Civil de la Corte Superior, Raúl Jordán Arauz y Francis M. Banegas Barrios, Juez Sexto de Partido en lo Civil-Comercial y ex Oficial de Diligencias del Juzgado Sexto de Partido en lo Civil-Comercial respectivamente
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- ,
- (fs. 93),
- improcedente
- II.1
- II.2
- II.4
- III.1
- III.2
- III.3
- III.4
- III.5
- APRUEBA