SENTENCIA CONSTITUCIONAL 974/2002-R
Fecha: 16-Ago-2002
Fragmento 5
La Resolución 185/2002, de 13 de julio, cursante a fojas 54 y 55 de obrados, pronunciada por el Juez Segundo de Sentencia de El Alto, declara PROCEDENTE el Recurso, disponiendo la libertad de Benjamín Callisaya Quispe, “siempre y cuando estuviere bajo dependencia de las autoridades recurridas”, con estos fundamentos: a) el recurrente, aprehendido el 10 de julio, no fue puesto a disposición del Juez Cautelar dentro de las 24 horas que la Ley señala; b) no se han demostrado los extremos manifestados por el investigador que informó en audiencia, ya que no se observa la orden de libertad a favor del recurrente, sino por el contrario, en el requerimiento de 12 de julio se señala que se remiten antecedentes “con detenido”; c) el régimen de las medidas cautelares establecidas en el nuevo Código de Procedimiento Penal (NCPP) son aplicables inclusive a los procesos del anterior sistema procesal; d) se infringieron los arts. 226 y 228 de la citada Ley.
- Benjamín Callisaya Quispe contra Raúl Benavente, Director de Tránsito, y Rodolfo Gutiérrez B., Fiscal Adscrito a dicha dependencia,
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- II.1
- II.3
- II.4
- II.5
- II.6
- III.1
- III.2
- III.3
- III.4
- III.5
- , el mandamiento de aprehensión fue dispuesto y emitido ilegalmente
- en ningún caso el Fiscal ni la Policía podrán disponer la libertad de las personas aprehendidas
- III.7
- , APRUEBA