Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 974/2002-R
Fecha: 16-Ago-2002
III.7
III.7 De lo analizado precedentemente, se concluye que con la actuación del Fiscal se vulneraron los derechos a la libertad y a la seguridad jurídica del recurrente, sin que pueda liberarse de responsabilidad al Director de Tránsito, puesto que éste también debe velar, como toda autoridad, por el respeto de los plazos procesales y los derechos fundamentales de las personas, todo lo cual acarrea la procedencia del presente Hábeas Corpus, la cual no implica poner en libertad al actor, dado que éste ya se encuentra bajo jurisdicción del Juez Cautelar de Turno de El Alto.
- Benjamín Callisaya Quispe contra Raúl Benavente, Director de Tránsito, y Rodolfo Gutiérrez B., Fiscal Adscrito a dicha dependencia,
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- II.1
- II.3
- II.4
- II.5
- II.6
- III.1
- III.2
- III.3
- III.4
- III.5
- , el mandamiento de aprehensión fue dispuesto y emitido ilegalmente
- en ningún caso el Fiscal ni la Policía podrán disponer la libertad de las personas aprehendidas
- III.7
- , APRUEBA