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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 974/2002-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 974/2002-R

    Fecha: 16-Ago-2002

    III.2

    III.2 El art. 9 de la Constitución Política del Estado  (CPE) establece que  nadie puede ser detenido, arrestado ni puesto en prisión sino en los casos y según las formas establecidas por Ley, requiriéndose para la ejecución el respectivo mandamiento, que éste emane de autoridad competente y sea intimado por escrito

    • Benjamín Callisaya Quispe contra Raúl Benavente, Director de Tránsito, y Rodolfo Gutiérrez B., Fiscal Adscrito a dicha dependencia,
    • I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
    • Fragmento 3
    • Fragmento 4
    • Fragmento 5
    • II.1
    • II.3
    • II.4
    • II.5
    • II.6
    • III.1
    • III.2
    • III.3
    • III.4
    • III.5
    • , el mandamiento de aprehensión fue dispuesto y emitido ilegalmente
    • en ningún caso el Fiscal ni la Policía podrán disponer la libertad de las personas aprehendidas
    • III.7
    • , APRUEBA

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