Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1098/2002 - R
Fecha: 13-Sep-2002
II.4
II.4 Que, presentada la nueva liquidación, el Juez decreta que el monto sea pagado a tercero día (fs. 132 vta.), lo cual motivó que el recurrente apelara el 19 de abril de 2002 (fs. 143-144), empero del trámite de esta apelación no existe ningún actuado posterior; sin embargo se ordenó nueva liquidación, la cual también fue faccionada en otro monto diferente a los anteriores (fs. 174-175).
- José Miguel Araúz Melgar, en representación legal de la Corporación de Fondos de Inversión S.A. Agentes Corredores de Bolsa (COFINSA)
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- Severo Hurtado Ribera, Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social, Marcelo Arrázola Weise, Director Departamental del Trabajo del Ministerio del Trabajo, Daisy Domínguez G., funcionaria del Departamento de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar; Alberto Gonzáles V. y Edwin Calderón G., Inspectores del Trabajo
- (fs. 206-207)
- (fs. 200-202)
- (fs. 204-205)
- procedente
- II.1
- II.3
- II.4
- a)
- III.1
- y en otras materias donde
- III.2
- III.4
- III.5