SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1098/2002 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1098/2002 - R

Fecha: 13-Sep-2002

procedente

Concluida la audiencia, la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Santa Cruz, declaró procedente el recurso con el fundamento siguiente: a) que no se ha respetado el derecho a la igualdad jurídica, dado que habiéndose presentado apelaciones no se las ha sustanciado conforme a Ley, desde hace cuatro meses, omisión con la cual se ha violado el art. 229 Código de Procedimiento Civil (CPC) y b) que el recurrente no podía haber hecho uso del recurso de compulsa porque no se dan los casos previstos en el art. 283 CPC, por lo que no sólo se ha vulnerado el citado art. 229, sino también el art. 7-a) CPE y 3-3) CPC.