Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1098/2002 - R
Fecha: 13-Sep-2002
III.5
III.5 Que, entre la vulneración acusada a los derechos al trabajo y a la propiedad privada con los actos ilegales que se han denunciado, no existe relación alguna, pues no se está privando del derecho al trabajo de la representada ni se ha afectado la propiedad privada de la misma, dado que existe un pago por efectuar, el cual si bien por diversos motivos se calcula en forma diferenciada, serán las instancias pertinentes quienes establezcan el monto definitivo y justo a pagar de acuerdo a los datos del proceso.
- José Miguel Araúz Melgar, en representación legal de la Corporación de Fondos de Inversión S.A. Agentes Corredores de Bolsa (COFINSA)
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- Severo Hurtado Ribera, Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social, Marcelo Arrázola Weise, Director Departamental del Trabajo del Ministerio del Trabajo, Daisy Domínguez G., funcionaria del Departamento de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar; Alberto Gonzáles V. y Edwin Calderón G., Inspectores del Trabajo
- (fs. 206-207)
- (fs. 200-202)
- (fs. 204-205)
- procedente
- II.1
- II.3
- II.4
- a)
- III.1
- y en otras materias donde
- III.2
- III.4
- III.5