Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1133/2002-R
Fecha: 19-Sep-2002
II.2
II.2 Que, ante la solicitud de reposición bajo alternativa de apelación, previo traslado a la actora, quien no contestó, se dictó Auto el 8 de agosto de 200l, mediante el cual en parte se repone el decreto referido, señalándose audiencia para determinar si la asistencia se mantenía o se modificaba (fs. 19 vta., exp. 2002-04742-09-RHC), empero esta audiencia fue suspendida por inasistencia de la demandante -según informa la recurrida-.
- Gustavo Pantoja Aguilar, en representación sin mandato de Juan Edgar Gutiérrez
- y reponiendo en parte el decreto cuestionado fijó audiencia de conciliación para determinar la asistencia familiar
- contra
- (fs. 30-35)
- improcedente
- I.3
- II.1
- II.2
- II.3
- III.1
- irrenunciable
- "el Estado protegerá la salud física, mental y moral de la infancia, y defenderá los derechos del niño al hogar y a la educación"
- III.2
- apremio
- asistencia
- III.3