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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1149/2002-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1149/2002-R

    Fecha: 20-Sep-2002

    I.1.2    Derechos y garantías supuestamente vulnerados

    Los recurrentes señalan que con esa actuación, los recurridos han vulnerado, “la garantía constitucional del art. 12 y 33 de la Constitución Política del Estado en relación al art. 228 del mismo cuerpo legal, como sus derechos previstos en el art. 14 LM, en relación a la interpretación que hace de la misma el Tribunal Constitucional, sobre el ejercicio del tiempo en el Directorio” (sic).

    • Elsa Tumiri de Espejo y Leandro Fernández López
    • I.1. 1   Hechos que motivan el recurso
    • I.1.2    Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • I.1.3    Autoridad o persona recurrida y petitorio
    • I.2.1    Ratificación y ampliación del recurso.
    • I.2.2    Informe de las recurridas
    • improcedente
    • I.3. Trámite procesal  en el Tribunal
    • II.1
    • II.2
    • II.3
    • II.5
    • II.6
    • II.7
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • III.3
    • III.4
    • APROBAR

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