Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1149/2002-R
Fecha: 20-Sep-2002
I.1.3 Autoridad o persona recurrida y petitorio
Por lo expuesto, plantean el recurso contra Estefa Alarcón de Canaza, Genara Rosario Ticona Torrez y Sinforosa Tiñini, Concejales Municipales del Municipio de Caquiaviri, pidiendo se declare procedente y se ordene su restitución como Alcaldesa y Concejal Secretario de Caquiaviri, además de dejar sin efecto los actos de usurpación de funciones firmados por la Concejal Secretaria Sinforosa Tiñini, como las Resoluciones Nos. 01/2002 y 002/2002 que designan al nuevo Directorio del Concejo y nueva Alcaldesa, debiendo remitirse antecedentes al Ministerio Público para el procesamiento penal de las recurridas, sea con daños y perjuicios, costas y multas.
- Elsa Tumiri de Espejo y Leandro Fernández López
- I.1. 1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.2 Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3 Autoridad o persona recurrida y petitorio
- I.2.1 Ratificación y ampliación del recurso.
- I.2.2 Informe de las recurridas
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1
- II.2
- II.3
- II.5
- II.6
- II.7
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.3
- III.4
- APROBAR