Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
El recurrente en el escrito de 12 de noviembre de 2002 de fs. 9 a 11, manifiesta que el 15 de enero de 2002, cumpliendo los requisitos exigidos por ley solicitó la autorización para la apertura de un negocio, transcurriendo once meses hasta que el
Fecha: 22-Ene-2003
APROBAR
El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19 y 120.7ª CPE y arts. 7.8ª) y 102.V LTC, en revisión resuelve APROBAR la Resolución de fs. 54 a 56 de 15 de noviembre de 2002, pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro.