Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
El recurrente en el escrito de 12 de noviembre de 2002 de fs. 9 a 11, manifiesta que el 15 de enero de 2002, cumpliendo los requisitos exigidos por ley solicitó la autorización para la apertura de un negocio, transcurriendo once meses hasta que el
Fecha: 22-Ene-2003
Marcio Nelson Ortiz Rodríguez
En revisión la Resolución de fs. 54 a 56 de 15 de noviembre de 2002, pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Marcio Nelson Ortiz Rodríguez contra Guillermo Ayllón Zambrana y Hugo Zabaleta Loayza, Alcalde y Presidente del Concejo Municipal, alegando la vulneración de su derecho al trabajo previsto por el art. 7.d) de la Constitución Política del Estado (CPE).