Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
El recurrente en el escrito de 12 de noviembre de 2002 de fs. 9 a 11, manifiesta que el 15 de enero de 2002, cumpliendo los requisitos exigidos por ley solicitó la autorización para la apertura de un negocio, transcurriendo once meses hasta que el
Fecha: 22-Ene-2003
I.1.3. Autoridades o personas recurridas y petitorio.
El recurrente interpone amparo constitucional contra Guillermo Ayllón Zambrana y Hugo Zabaleta Loayza, Alcalde y Presidente del Concejo Municipal de Oruro, respectivamente, solicitando sea declarado procedente dejando sin efecto la Resolución del Oficial Mayor Administrativo de 11 de noviembre de 2002 y se autorice legalmente el funcionamiento de su centro de diversiones.