Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Que, el “usurpador Tribunal Disciplinario” ha pronunciado la Resolución 22/2002 (de 16 de agosto), por la que se dispone el traslado del lugar de trabajo del recurrente a otro Distrito y descenso a cargo inferior, ilegal Resolución amparada en el art
Fecha: 14-Ene-2003
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio.
Con esos antecedentes plantea recurso de amparo constitucional contra Arminda Méndez Mendoza, Jorge Antonio Maida Ugarte, Gerardo Arizaca Escobar, miembros del Tribunal Disciplinario Distrital-I y Franz Valdez Rivera, Director del SEDUCA, solicitando se declare procedente el recurso, se deje sin efecto la Resolución 22/2002 y se restituya al recurrente en el cargo de Director de la Unidad Educativa Nacional “6 de Junio”.