Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Que, el “usurpador Tribunal Disciplinario” ha pronunciado la Resolución 22/2002 (de 16 de agosto), por la que se dispone el traslado del lugar de trabajo del recurrente a otro Distrito y descenso a cargo inferior, ilegal Resolución amparada en el art
Fecha: 14-Ene-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente considera que se ha lesionado sus derechos al trabajo y la defensa, por cuanto ha sido procesado por un Tribunal Disciplinario conformado inconstitucionalmente, con un vocal que ha usurpado funciones. Se pasa a constatar si lo denunciado es cierto, para conceder o no la tutela solicitada.