SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0116/2003-R
Fecha: 28-Ene-2003
I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
En la demanda presentada el 1 de noviembre de 2002 (fs. 48 a 53), el recurrente manifiesta que en 24 de junio de 2002, Felipe Cáceres García, Alcalde Municipal de Villa Tunari, solicitó “a la autoridad administrativa”, la delimitación de la Unidad Política Administrativa de la Tercera Sección de la provincia Chapare denominada Villa Tunari, “insinuando, una vez concluido el proceso administrativo, pronuncie resolución fundada, recomendando la procedencia de la delimitación” que derive en un “proyecto de ley delimitatorio”. Notificado el Municipio de Colomi, en 29 de agosto -indica- planteó la nulidad y regularización de trámite, ya que la demanda fue admitida sin que reúna los requisitos mínimos establecidos en los “arts. 17 de la Ley UPAS y 31 de su Decreto Reglamentario”, porque carece de fundamentación y petitorio concreto.
Relata que, estando aún vigente el plazo para responder a la demanda y sin pronunciarse sobre la nulidad de obrados, el Prefecto del Departamento emitió el Auto de 29 de agosto, por el que abrió término de prueba, basándose en que los Municipios de Colomi, Morochata y Tiraque no contestaron a la demanda. El 9 de septiembre, dicha autoridad declaró improcedente la solicitud de nulidad y regularización hecha por su parte, con el argumento de que ese pedido fue realizado con desconocimiento del Informe elaborado por Consultores del Área de Límites de 17 de julio de este año, empero, la Alcaldía de Colomi nunca fue notificada con el mismo.
- Félix Veizaga Zurita, Alcalde Municipal de Colomi
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- I.1.3 Autoridad recurrida y petitorio.
- a)
- IMPROCEDENTE
- II.1
- II.2
- III.4
- II.5
- II.6
- II.7
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- , se tramitarán en primera instancia, ante las Prefecturas de Departamento. El Ministerio de Desarrollo Sostenible y Planificación conocerá el recurso de apelación o revisión de oficio.
- y el Ministerio de Desarrollo sostenible y Planificación, en segunda instancia
- recurso de apelación
- III.3
- APRUEBA